Estamos a punto de entrar en 2015 y este será el año donde se producirán cambios importantes en el sistema de cotización y recaudación de las cuotas de Seguridad Social que pretende simplificar los trámites y gestiones actuales, a través del uso intensivo de medios telemáticos y automatizando el procedimiento.
El Sistema Cret@ o Sistema de Liquidación Directa es una reforma del sistema de cotización y recaudación impulsado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que modifica todos los trámites y gestiones actuales.
Los objetivos prioritarios del proyecto son: minimizar los errores al asumir la Tesorería la aplicación de las reglas de cotización y contrastar los datos con carácter previo a la liquidación y mejorar la transparencia y la forma de relación con las empresas basada en un sistema plenamente telemático eliminando la necesidad de actuaciones presenciales y en soporte papel.
El Sistema de Liquidación Directa supone cambios en el procedimiento de presentación de liquidaciones y una nueva filosofía de trabajo en la que la clave del éxito es que los datos utilizados para la facturación sean correctos.
Mientras que en el sistema actual, el envío de la información de las cotizaciones se realiza por parte de la empresa a la Seguridad Social y posteriormente la TGSS envía la cantidad resultante de la liquidación facilitada, en el nuevo sistema es la Seguridad Social la que envía cada mes a las empresas un borrador parecido al que envía Hacienda para el IRPF, en el que constaría el detalle de la cotización que deberían pagar por cada trabajador y la cantidad total por todos ellos. La empresa verifica que la información sea correcta y sólo debe confirmarla para que se efectúe el pago.
Se trata de una nueva filosofía de trabajo en el que la TGSS va a conocer la situación del trabajador en todo momento, cambios de contrato, bajas médicas, bonificaciones…etc. Es muy importante que los datos que tenga la TGSS sean correctos, es decir, que coincidan con los de la empresa. Para ello las empresas deberán nivelar sus datos con los de Tesorería porque si la información no coincide estas no podrán facturar, y si no se puede realizar la liquidación no hay presentación.
Los principales cambios son:
- Las cuotas las calcula la TGSS
Mediante el nuevo Sistema, la liquidación o cálculo de las cuotas de los trabajadores será realizada directamente por la Tesorería General de la Seguridad Social, quedando reducidas las obligaciones de las empresas a solicitar mensualmente la práctica de la liquidación y a aportar la información necesaria para su cálculo.
Con Cret@, la empresa sólo deberá comunicar a la TGSS aquellos datos de los trabajadores que no constan en el alta en el Fichero General de Afiliación (FGA) y que ésta no pueda calcular o de los que no disponga, como: bases de cotización que hayan cambiado de un mes respecto al anterior, horas de contratos a tiempo parcial, el importe de formación continua, coeficiente de EREs, bonificaciones por formación continua o subvenciones por formación, importe de las compensaciones de pago delegado, modalidad de salario y otras específicas para determinados colectivos.
Para el cálculo de la liquidación, la TGSS dispondrá de una base de datos única que integrará la información mensual de otras Administraciones Publicas y entidades como el Servicio Público de Empleo, INSS, Mutuas de AT/EP de la Seguridad Social, y Agencia Tributaria.
- La liquidación se calcula por trabajador
Con Cret@, la TGSS calculará estos datos por cada trabajador de forma automática y los remitirá a las empresas a través del Recibo de Liquidación de Cotizaciones.
- Se permiten las liquidaciones parciales
La cotización con Cret@ es a nivel de trabajador y posibilita hacer liquidaciones totales o parciales de trabajadores consolidados (sin discrepancias con la información de TGSS). Es decir, durante un mismo mes la empresa podrá realizar varias liquidaciones parciales hasta que se lleve a cabo una liquidación por el total de todos los trabajadores.
- Aparece la cotización por tramos
Asimismo, con Cret@ aparece el concepto tramo: es la fracción en la que se divide cada periodo de liquidación en que las condiciones de cotización de un trabajador son idénticas en su totalidad. Por ejemplo un contrato temporal que a mitad de mes se transforma en indefinido, motivará en este caso que se deba cotizar en dos tramos.
Un trabajador siempre tendrá como mínimo un tramo para cada periodo de liquidación.
Es imprescindible que la información de los cambios que se produzcan durante el mes (modificaciones de contrato, altas, bajas, etc.), se comunique correctamente y en plazo.
- Serán sustituidos:
- El TC2 por el RNT (Relación Nominal de Trabajadores).
- El TC1 por el RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones).
- La Winsuite por Wincret@.
- El fichero FAN en formato texto por varios ficheros en XML.
- El envío de cuotas por el envío de bases de cotización.
¿Cómo será el nuevo procedimiento de liquidación?
El empresario debe solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso, el cálculo de la liquidación de sus trabajadores.
De no hacerlo la TGSS facturará de oficio los días 24 y 28 del plazo reglamentario de ingreso y diariamente a partir de este día 28 y hasta el penúltimo día natural de dicho plazo (aunque podrá facturar en cualquier momento anterior si así lo pide el empresario).
Si no existen errores se producirá la facturación total de los trabajadores.
Si existen errores, serán comunicados por la TGSS indicando la información que necesita para completar el cálculo. Se permite consultar los trabajadores que han sido calculados correctamente.
Si son subsanados los errores que impiden el cálculo antes de finalizar el período de presentación, se emitirá el definitivo recibo de liquidación que contemplará los cálculos con los errores subsanados.
Si no es posible corregir los errores a partir del día 24 la TGSS emite un recibo de liquidación parcial con los trabajadores que haya podido calcular siempre que así sea solicitado por el empresario.
De esta forma la TGSS emite la factura en función de la información que conste en sus bases de datos y de aquélla que deba aportar el empresario, bases de cotización, horas extras, etc.
En este sentido, el éxito del nuevo sistema es que los datos utilizados para la facturación por la TGSS sean correctos.
De una forma más sencilla, la Seguridad Social envía cada mes a las empresas un borrador parecido al que envía Hacienda para el IRPF, en el que constaría el detalle de la cotización que deberían pagar por cada trabajador y la cantidad total por todos ellos.
A continuación ponemos un resumen gráfico del sistema Cret@ preparado por la Seguridad Social muy intuitivo y claro que ayuda a resolver de manera sencilla las posibles dudas.