Aunque parezca mentira una de la mayores complicaciones que se encuentran los emprendedores y empresarios a la hora de crear sus sociedades es la de poner un nombre a la misma.
La constitución de una sociedad mercantil exige la obtención previa en el REGISTRO MERCANTIL CENTRAL de una certificación favorable que recoja la expresión denominativa con la que va a ser identificada la sociedad.
ASPECTOS GENERALES A TENER EN CUENTA
- La denominación puede ser objetiva o subjetiva.
- La denominación objetiva podrá hacer referencia a una o varias actividades económicas o ser de fantasía. Siempre que haga referencia a una actividad esta debe estar incluida en el objeto social.
- No puede incluirse total o parcialmente el nombre o el seudónimo de una persona física o jurídica sin su autorización o consentimiento, ésta debe presentarse con la firma de la persona autorizante legitimada por un Notario. La autorización de una persona jurídica deberá efectuarse por el órgano de administración correspondiente, de cuya decisión se certificará.
- A la denominación deberá seguir la forma social o los términos que por imperativo legal, de acuerdo con la legislación especial de sociedades o entidades inscribibles, deban figurar a continuación de la misma, como por ejemplo “FIM” para “Fondo de Inversión Mobiliaria” o “FIAMM” para “Fondo de Inversión en Activos del Mercado Monetario.” Estos términos carecen de virtualidad diferenciadora.
- No se puede incluir la abreviatura o anagrama de la misma.
- Cuando la denominación solicitada sea traducción de otra que ya conste en el Registro, solo se considerará que existe identidad cuando, a juicio del Registrador, se dé notoria semejanza fonética entre ambas o socialmente se consideren iguales.
- Aún cuando la denominación no figure en el Registro Mercantil Central, el Notario no autorizará, ni el Registrador inscribirá, sociedades o entidades cuya denominación les conste por notoriedad que coincide con la de otra entidad preexistente, sea o no de nacionalidad española.
- Se entiende que existe identidad no sólo en caso de coincidencia total y absoluta entre denominaciones, sino también cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- La utilización de las mismas palabras en diferente orden, género o número.
- La utilización de palabras distintas que tengan la misma expresión o notoria semejanza fonética.
- La utilización de las mismas palabras con la adición o supresión de términos o expresiones genéricas o accesorias u otras partículas similares de escasa significación.
PLAZO DE VIGENCIA DE LA CERTIFICACIÓN
Una vez expedida la certificación de que no figura registrada la denominación solicitada, ésta quedará registrada a nombre del interesado o beneficiario de la misma durante el plazo de SEIS MESES, contados desde la fecha de expedición. Dicho certificado tendrá una validez de tres meses, pasados los cuales sin constituir la sociedad se deberá volver al registro a que nos expida un nuevo certificado.
FORMAS DE SOLICITAR LA CERTIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN
- Directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, con un impreso de solicitud de Certificación.
- Por correo: Remitiendo una solicitud o una carta a las oficinas del Registro Mercantil Central. El Registro contestará remitiendo la certificación contra reembolso a la dirección indicada en la solicitud.
- Por vía telemática. Rellenando el formulario existente en la Web del Registro Mercantil Central.
CONSEJOS PRACTICOS PARA ELEGIR LA DENOMINACION
- Utilice varias palabras, la utilización de una sola palabra, tiene muchas posibilidades de coincidir o ser similar a otra ya reservada.
- No utilizar palabras genéricas, en sus variantes masculinas, femeninas, singulares o plurales, la sustantivación o adjetivación de un término genérico, así como los aumentativos o diminutivos. A continuación ponemos la lista de términos genéricos publicada por el Registro Mercantil.
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DISTRIBUCION DISTRIBUCIONES DISTRIBUCIONS DISTRIBUIDOR DISTRIBUIDORA DISTRIBUIDORAS DISTRIBUIDORES DISTRIBUTION DISTRIBUTIONS DISTRIBUZIO DISTRIBUZION DISTRIBUZIONES DISTRIBUZIONS DOTBIZ DOTCOM DOT COM DOTEDU DOT EDU DOTES DOT ES DOTEU DOT EU DOTINFO DOT INFO DOTNET DOT NET DOTPRO DOT PRO DOTORG DOT 0RG DOT EDU DOT CAT DOT MOBI DOT JOBS DOT TRAVEL DOTEDU DOTCAT DOTMOBI DOTJOBS DOTTRAVEL DOTRAVEL E E F C E.F.C. E.P.S.V. EDIFICACION EDIFICACIONES EDIFICACIONS EDIFICAZION EDIFICAZIONES EDIFICAZIONS EDIFIKACION EDIFIKAZION EDIFIKAZIONES EDIFIKAZIONS EDU EFC EL ELS EMPRESA EMPRESAS EN ENPRESA ENPRESAS ENTRE EPSV ERMANA ERMANAS ERMANO ERMANOS ES ESPAÑA ESPAÑOL ESPAÑOLA ESPAÑOLAS ESPAÑOLES EU FP GROUP GROUPS GRUP GRUPO GRUPOS GRUPS HACIA HASTA HERMANA HERMANAS HERMANO HERMANOS HNA HNA. HNAS HNAS. HNO HNO. HNOS HNOS. HOLDING HOLDINGS I IBERICA IBERICAS IBERICO IBERICOS |
IBERIKA IBERIKAS IBERIKO IBERIKOS INFO IMOBILIARI IMOBILIARIA IMOBILIARIAS IMOBILIARIE IMOBILIARIES IMOBILIARIS INDUSTRI INDUSTRIA INDUSTRIAL INDUSTRIALES INDUSTRIALS INDUSTRIAS INDUSTRIES INDUSTRY INMOBILIARI INMOBILIARIA INMOBILIARIAS INMOBILIARIE INMOBILIARIES INMOBILIARIS INTERNACIONAL INTERNACIONALES INTERNACIONALS INTERNATIONAL INTERNATIONALS INTERNAZIONAL INTERNAZIONALS KOMERCIAL KOMERCIALES KOMERZIAL KOMERZIALES KONPANI KONPAÑA KONPAÑIA KONSTRUCTION KONSTRUCTIONS KONSTRUCTOR KONSTRUCTORA KONSTRUKTION KONSTRUKTIONS KONSTRUKTOR KONSTRUKTORA KONSTRUZIO KONSTRUZION KOREDURIA KOREDURIAS KORPORACION KORPORACIONES KORPORACIONS KORPORATION KORPORATIONS KORPORAZION KORPORAZIONES KORPORAZIONS KORREDURIA KORREDURIAS L’EMPRESA L’EMPRESAS LA LABORAL LAS LES LIMITADA LOS M.P.S. MAS MERCANTIL MERCANTILES MERCANTILS MERKANTIL MERKANTILES MERKANTILS MONTEPIO MPS MUTUA MUTUALIDAD NACIONAL NACIONALES NATIONAL NATIONALS NAZIONAL NAZIONALES NET NI OLDIN ORA ORG PARA PERO POR PRO PROMOCIO PROMOCION PROMOCIONES PROMOCIONS PROMOTION PROMOTIONS PROMOTOR PROMOTORA PROMOTORAS |
PROMOTORES PROMOTORS PROMOZIO PROMOZION PROMOZIONES PROMOZIONS PUNTOBIZ PUNTO BIZ PUNTOCOM PUNTO COM PUNTOEDU PUNTO EDU PUNTOES PUNTO ES PUNTOEU PUNTO EU PUNTONET PUNTO NET PUNTOORG PUNTO ORG PUNTORG PUNTOPRO PUNTO PRO PUNTOINFO PUNTOCAT PUNTOMOBI PUNTOJOBS PUNTOTRAVEL PUNTO INFO PUNTO CAT PUNTO MOBI PUNTO JOBS PUNTO TRAVEL QUE QUIEN RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAT RESPONSABILITAT S.A S.A.D. S.A.E. S.A.L S.C. S.G.C. S.G.I.I.C. S.I.M.C.A.V. S.V. S.V.B. SA SA. SAD SAE SAL SC SEGUN SERBEI SERBEIS SERBIZIO SERVEI SERVEIS SERVICE SERVICES SERVICIO SERVICIOS SERVIZE SERVIZES SERVIZIO SERVIZIOS SGC SGIIC SGR SIMCAV SIN SINO SL SO SOBRE SOCIEDAD SOCIEDADES SOCIEDAT SOCIETAT SOCIETATE SOCIETATS SOZIEDAD SOZIEDAT SOZIETAT SOZIETATE SRC SRL SV SVB TRANSPORT TRANSPORTE TRANSPORTES TRANSPORTS TRAS U.T.E. UNIPERSONAL UTE Y YO ZENTRAL ZENTRALES ZENTRO ZENTROS |
- Añadir un número no es suficiente, salvo que vaya acompañado de algún termino significativo como ‘nº de calle’ o ‘fundada’, etc.
- La inclusión de una marca conocida, impide su concesión, salvo que, vaya unida a la autorización de su titular.
- No se pueden incluir dominios de Internet tales como:.es, .com, .net
- Diferenciar mediante letras, solas o combinadas con números, que no tengan un significado especifico, es insuficiente para obtener otra nueva.
- La denominación reservada en cualquiera de las lenguas españolas o extranjeras imposibilita conceder la misma denominación en otra lengua.
- La semejanza fonética, aunque su significado sea distinto, dificultará la concesión de la solicitada.
- Cambiar el orden de las palabras de otra denominación existente no constituye elemento diferenciador.
- La denominación social y la marca o nombre comercial no tienen por qué coincidir, pues sus ámbitos de actuación son distintos. La denominación tiene relevancia exclusivamente en las operaciones jurídicas de la sociedad; la marca o el nombre comercial se utilizan en la publicidad, rótulos, relaciones con la clientela, identificación de mercaderías, etc.
- No podrán incluirse términos o expresiones que resulten contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.
- No podrán formar su denominación exclusivamente con el nombre de España, sus Comunidades Autónomas, provincias o municipios. Tampoco podrán utilizar el nombre de organismos, departamentos o dependencias de las Administraciones Públicas, ni el de Estados extranjeros u organizaciones internacionales.
- Los adjetivos “nacional” o “estatal” sólo podrán ser utilizados por sociedades en las que el Estado o sus organismos autónomos ostenten directa o indirectamente la mayoría del capital social. Los adjetivos “autonómico”, “provincial” o “municipal” sólo podrán ser utilizados por sociedades en las que la correspondiente administración ostente directa o indirectamente la mayoría del capital social.
- El adjetivo “oficial” y demás de análogo significado sólo podrán ser utilizados por las sociedades en que la Administración Pública ostente la mayoría del capital.
Como vemos uno de los mayores quebraderos de cabeza de todos los emprendedores es elegir el nombre adecuado para su negocio. Se trata de una tarea compleja, difícil y que requiere de mucha creatividad.